El Derecho y el Discurso.
Óscar Correas
Todos los discursos tienen
implícitamente una ideología
1. Los textos que contienen la ideología
jurídica.
Se define como "textos" a los
objetos que transmiten o en los que se puede leer ideas o pensamientos con
contenidos de conciencia o ideología.
Asimismo, los textos se componen se
"signos" que es, para los efectos del libro, conjunto de palabras que
tienen un significado.
2. Sistemas formalizadores o lenguajes.
Las ideas como contenidos de
conciencia, no pueden manifestarse sin adquirir una forma por medio de un
sistema de signos. Estos sistemas son identificados con la palabra lenguaje.
Como los lenguajes llamados naturales que son el castellano, el francés, etc.
Estos sistemas de signos son los que
permiten hacer aparecer bajo una forma a las ideas o contenidos de conciencia.
3. Código.
Lo que permite que un contenido de
conciencia o idea que aparece en forma de lenguaje, sea identificable por otra
conciencia, es el código, el cual es conocido por el lector del texto o el
receptor del mensaje.
Tenemos que los códigos son otros
discursos que permiten entender los textos.
Así, un contenido de conciencia existe,
en la forma que le proporciona el lenguaje o sistema formalizador, el cual
puede ser transmitido si su destinatario conoce el código del sistema
formalizador.
4. Los sistemas formalizadores y los
contenidos de conciencia.
Los contenidos de conciencia o
ideologías, no pueden existir, sino en textos constituidos por signos
pertenecientes a un sistema formalizador, por lo que la ideología se constriñe
a los limites de ese sistema.
Así, el discurso del derecho no puede
existir sino sobre la base de las palabras existentes en el lenguaje natural y
con el significado que las mismas tienen en ese lenguaje.
5. Ideología, ideologías, discurso y
discursos.
Ideología = cualquier contenido de
conciencia.
Ideologías= conjunto de contenidos de
conciencias existentes.
Discurso = la ideología ya formalizada.
Continuo discursivo es la totalidad de la ideología, que por estar formalizada,
puede circular en la sociedad.
Discursos = la formalización de las
ideologías.
6. Uso de ideología y discurso.
El discurso del derecho constituye la
formalización de una parte de la ideología, esto es, cualquier contenido de
conciencia que debemos acotar diferenciado con la que no sea del derecho.
7. Ideología en sentido amplio.
Ideología = contenido de la conciencia.
8. Unidad de una ideología.
Identificar la ideología jurídica,
supone determinar un sector de la ideología circulante en la sociedad, como
distinta de todos los demás sectores.
9. Coherencia sintáctica de los textos.
Hay coherencia sintáctica, cuando los
signos están ordenados conforme a las reglas sintácticas del lenguaje de que se
trate. La ideología contenida en el texto, puede ser intelegída solo por quien
conoce el código o reglas de ordenación de los signos.
10. Coherencia semántica o de sentido
de los textos.
Los mensajes para que puedan ser
transmitidos de forma inteligible, deben poseer otro tipo de coherencia, que se
conoce como sentido, esto es, la utilización de un adecuado significado de las
palabras.
11. Sistemas significantes.
Se constituye por el conjunto de
enunciados que nos permiten conocer la idea del discurso y su sentido.
12. Denotación y connotación.
Un sistema significante esta denotado
en un texto, cuando sus elementos están presentes y el signo denota o un
referente es denotado por el usuario del signo.
Pero en un discurso que denota corto
sistema significante, puede coexistir uno o varios signos a los que pertenece a
otros sistemas significantes, por lo que esos signos connotan otros sistemas
significantes y que están presentes en el texto con solo uno de sus elementos.
El derecho como discurso prescriptivo.
Las palabras del discurso del derecho.
Palabras = poseen significado
Enunciados = tienen un sentido
El signo.
Es algo que para alguien representa o
se refiere a algo.
Son palabras o unidades básicas de los
textos, donde se encuentra la ideología del derecho.
El significado.
Es la idea o contenido de conciencia en
cuyo lugar se encuentra el signo.
Las palabras son representantes de
ciertas ideas. Los enunciados tienen un sentido que está en lugar de las ideas
evocadas por un conjunto de palabras.
El referente.
El referente de las palabras, es la
parte del mundo exterior acerca de la cual el emisor del signo cree poder decir
algo.
Las palabras utilizadas en el discurso
del derecho no provienen de las relaciones sociales o del mundo exterior, sino
del interior, esto es, de la ideología del productor del discurso.
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